Oficina de Partes, Reclamos, Informaciones y Sugerencias | La Ilustre Municpalidad de Pozo Almonte mantiene abierta a la comunidad y en funcionamiento una oficina de partes, reclamos, informaciones y sugerencias | Tiene por objeto recoger las inquietudes de la ciudadania, además de ingresar los formularios con los reclamos y las sugerencias pertinentes. Asimismo, entregará la información que competa sobre el muncipio de Pozo Almonte, tales como ubicación de unidades, procedimientos administrativos, entre otros | Cualquier ciudadano | ver enlace |
De las Organizaciones Comunitarias y de las Organizaciones de Interés Público | Las organizaciones comunitarias son entidades de participación de los habitantes de la comuna, sean territorales o funcionales. A travás de ellas, sus integrantes pueden hacer llegar a las autoridades distintos proyectos, priorizaciones de intereses comunales, manifestar sus opiniones en las decisiones de las autoridades, gestionar y/o ejecutar obras y/o proyectos de incidencia en la unidad vecinal, deportiva, etárea o de que se trate. | Las Organizaciones comunitarios son de organizaciones de cooperación entre los vecinos y entre éstos con la Municipalidad para resolver problemas comunes de la unidad vecinal o de la comuna, con total gratuidad por esta gestión, persiguen fines solidarios, por lo mismo no pueden perseguir ningún interes de lucro | Personas jurídicas de derecho privado y no constituyen entidades públicas | ver enlace |
Del Financiamiento Compartido | Las organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente, podrán proponer la ejecución de actividades propias de la competencia municipal, con financiamiento compartido que no persigan fines de lucro. Para este efecto deberán postular a subvenciones municipales, u otros mecanismos existentes. Del Financiamiento Compartido | Las Organizaciones podrán presentar programas y proyectos específicos relativos a las funciones municipales vinculadas con necesidade sentidas de la comunidad, sea en el área asistencial o en el área de desarrollo. | organizaciones que cuenten con personalidad jurídica vigente | ver enlace |
Del fondo de Desarrollo Vecinal FONDEVE | Existe un fondo municipal que debe destinarse a brindar apoyo financiero a proyectos específicos de desarrollo comunitario presentados por las juntas de vecinos a la municpalidad, denominado Fondo de Desarrollo Vecinal (FONDEVE) | Este es un fondo de administración municipal, es decir, la selección de proyectos financiables, así como la modalidad de control de su utilización le corresponde a la secretaria comunal de planificación a la Direccion de Control y su administración a la direccion de desarrollo comunitario. El FONDEVE financia proyectos de iniciativa de las juntas de vecinos, lo que implica que no pueden financiarse directa, ni indirectamentre iniciativas del municipio | Juntas de Vecinos y Organizaciones Comunitarias | Sin Información |
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